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¿TE QUIERES DIVORCIAR?

  • Foto del escritor: Tu Duda Legal Copiapo
    Tu Duda Legal Copiapo
  • 5 ago 2019
  • 2 min de lectura

La demanda de divorcio se presenta ante los Juzgados de Familia por intermedio de un abogado. Nuestra legislación contempla tres formas de divorcio:

• Divorcio de mutuo acuerdo por cese de convivencia superior a 1 año. • Divorcio unilateral por cese de convivencia superior a 3 años. • Divorcio por culpa. Se puede pedir cuando exista una falta grave y calificada por parte del otro cónyuge, de tal forma que haga intolerable la vida en común.


Para acreditar el cese de la convivencia, se debe distinguir si el matrimonio se celebró antes o después del 18 de noviembre de 2004. Si fue después de esta fecha, la separación debe constar en un “acta de cese de convivencia”, la que pueden solicitar concurriendo ambos cónyuges a cualquier Servicio de Registro Civil e Identificación. Si la solicita sólo uno, para que tenga validez, deberá ser puesta en conocimiento del otro cónyuge mediante una notificación judicial a través de los Juzgados de Familia.


Respecto los matrimonios celebrados con anterioridad a esta fecha el cese de la convivencia se podrá acreditar a través de la declaración de testigos contestes.


Si por el hecho de dedicarse al cuidado de los hijos y del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar actividad lucrativa alguna o si lo hizo fue en menor medida de lo que hubiese querido, la persona afectada tiene el derecho de demandar una compensación económica junto con el divorcio, para que se le compense por el menoscabo económico producido por la declaración del mismo.


Para mayor información sobre este importantísimo tema, ya sea que haya o no un contrato de arrendamiento, puede contactarse con nosotros en nuestra Fan Page o bien a través de nuestro correo electrónico tududalegalcopiapo@gmail.com


 
 
 

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