LEY TOLERANCIA CERO (Ley 20.580) y la denominada "LEY EMILIA (Ley 20.770)
- Tu Duda Legal Copiapo

- 16 sept 2019
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En “TU DUDA LEGAL” queremos informarte, en estas Festividades, sobre todo lo que necesitas saber sobre la legislación actual en materia de conducción en estado de ebriedad y de las consecuencias jurídicas que se deben considerar antes de decidir tomar el volante si has ingerido bebidas alcohólicas, o bien, consumido sustancias estupefacientes.
A este respecto, es necesario indicar que la ley 20.580 “Ley de Tolerancia Cero” y la ley 20.770, conocida como “Ley Emilia” han endurecido las sanciones para aquellos que provoquen accidentes de tránsito como consecuencia de haber consumido alcohol.
¿Qué dice la Ley de Transito sobre manejar en estado de ebriedad? Esta Ley prohíbe y sanciona la conducción de vehículos en estado de ebriedad y establece sanciones que se aplican en forma conjunta, tales como penas de privación de libertad, multas, suspensión temporal o perpetua de la licencia de conducir, e indemnizar perjuicios, esto es, reparar pecuniariamente al dueño afectado del otro vehículo que haya sido involucrado en el accidente de tránsito.
¿Qué diferencia existe entre manejar bajo la influencia del alcohol y en estado de ebriedad? Se trata de dos conceptos distintos pero sin embargo se complementan entre si: - Conducir bajo la influencia del alcohol: significa que la persona tiene 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre o más. - Conducir en estado de ebriedad: significa que la persona tiene 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre o más.
Para poder determinarlo Carabineros está facultado para realizar al conductor una prueba respiratoria evidencial, a fin de acreditar la presencia de alcohol en el organismo, procedimiento conocido comúnmente como el “Alcotest”. Ante la negativa del conductor de someterse al alcotest o alcoholemia, será sancionado con multa de entre 3 a 10 UTM y con la suspensión de la licencia hasta por un mes, pero en el caso de accidentes que provoquen lesiones graves gravísimas o la muerte de una persona, y ante la negativa del conductor de realizarse el examen, o la realización de cualquier maniobra que altere sus resultados o la dilación de su práctica con el mismo efecto, trae como consecuencia la aplicación de presidio menor en su grado máximo, multa de 11 a 20 UTM, inhabilidad perpetua para conducir vehículos, y el comiso del vehículo, esto quiere decir, el retiro de circulación del vehículo con que se ha cometido el delito. Estos parámetros también aplican a la conducción bajo la influencia de las drogas ya que los mismos procedimientos de Alcotest y exámenes de alcoholemia detectan la presencia de sustancias psicotrópicas en el organismo.
¿En qué consiste la Ley de tolerancia cero? Esta ley se encuentra vigente desde el año 2012. Básicamente lo que hizo fue bajar los grados de alcohol permitidos en la sangre para conducir, incorporando las distinciones entre estado de ebriedad y bajo la influencia del alcohol, con el margen de 0,3 gramos por litro de sangre como limitante para poder manejar. De esta forma aumenta la penalidad, esto quiere decir, volvió más dura la legislación existente, al sancionar no sólo con grandes multas, sino que también con suspensión de la licencia de conducir que puede llegar a los 2 años para quien maneje en estado de ebriedad, por primera vez, sin ocasionar daños ni lesiones, pero si causa lesiones graves gravísimas o la muerte de una persona, quedará inhabilitada de por vida para manejar un vehículo.
¿En qué consiste la Ley Emilia? La ley Emilia comenzó a regir en el año 2014, y consiste en sancionar con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. Además, con esta reforma se establece como delito fugarse del lugar del accidente y negarse a realizar el alcohotest o la alcoholemia. De esta forma, la Ley Emilia complementa la Ley Tolerancia Cero ya que en el caso de que un conductor sea encontrado con alcohol en la sangre, pero sin que haya causado lesiones gravísimas o la muerte, no se aplica la “Ley Emilia”, sino la “Ley Tolerancia Cero
¿Existe una salida alternativa al manejo en estado de ebriedad? Por ejemplo una suspensión condicional del procedimiento: Con la entrada en vigencia de la Ley Emilia solo es posible obtener una salida alternativa en el caso de ser la primera vez que se comete el delito, y únicamente para los casos en que el accidente de tránsito no provoque daños materiales ni lesiones a terceros, o si se producen solamente lesiones leves. Para casos en que se provoquen lesiones graves, gravísimas o la muerte de terceros, y en casos de reincidencia no es posible obtener una salida alternativa, dada la naturaleza de estos delitos y porque tienen aparejadas pena aflictiva, esto quiere decir, que tienen penas de cárcel superior a 3 años.
¿Qué pasa si me sorprenden estacionado o parado, pero en estado de ebriedad? Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas al interior de los vehículos motorizados, tanto para el conductor como para los pasajeros. Por lo que si lo sorprenden en esa situación, aunque el vehículo esté estacionado o parado, la autoridad está facultada para cursar la infracción correspondiente, aplicando una multa.
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